Durante el estado de alarma y hasta la finalización del mismo, el horario de atención al público será de lunes a viernes de 9 a 14 horas.
De conformidad con lo dispuesto en la Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 15 de Marzo de 2020, las solicitudes de notas simples y certificaciones deberán hacerse excepcionalmente, durante la vigencia del Real Decreto 463/2020, de 14 de Marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 o, en su caso, las prórrogas del mismo, a través de la web www.registradores.org, debiendo acreditar en todo caso el interés legítimo. No obstante, las notas simples también podrán solicitarse por correo electrónico